Edicion Electronica del
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:::::: :: :: ::::::: ::::: ::::::: SEMANAL
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23 de mayo de 2000
Año 11 - Num. 363
Primera parte
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***INDICE
ESTUDIAN UNA REBAJA SALARIAL
EVALUACIONES Y DERECHO A LA INFORMACION
TEXTUAL
CONSEJO DIRECTIVO
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>>> ESTUDIAN UNA REBAJA SALARIAL
La medida forma parte de un duro ajuste que intentara reducir en
600 millones el gasto publico. El recorte, todavia en estudio, alcanzaria
a las universidades.
Desde el jueves se hablo insistentemente de la posible renuncia del
ministro de Economia, Jose Luis Machinea, y de su remplazo por el 'ala
dura' representada por el economista, ahora ministro de Defensa, Ricardo
Lopez Murphy, recordado por proponer insistentemente una rebaja salarial en
el sector publico.
El fin de semana, el presidente de la Nacion, Fernando de la Rua se
ocupo de respaldar el titular de Hacienda, al tiempo que adelanto un severo
plan de ajuste que incluiria rebajas salariales en las filas de los
empleados estatales, incluyendo al Poder Judicial y las Universidades.
La rebaja de sueldos se instrumentaria mediante una suba de los
aportes jubilatorios de los empleados que permitiria rebajar la
participacion del Tesoro en ese rubro.
La rebaja salarial ha sido la obsesion dominante de los gobiernos
en los ultimos años. En 1995, Carlos Menem firmo el decreto 290 con el
cual pretendio reducir los salarios superiores a $2000. La medida genero
una catarata de presentaciones judiciales que obligaron al expresidente a
dejar sin efecto la iniciativa.
Para evitar previsibles amparos judiciales, el equipo economico
plantea la reduccion como un incremento de las cargas personales al sistema
de seguridad social, con lo cual no se modificara el salario bruto de los
trabajadores.
Pero aun cuando esta medida prosperara, el gobierno debe evitar que
esos fondos emigren a las cuentas de jubilacion de cada empleado, hecho que
no contribuiria a reducir el deficit fiscal.
Por esta razon, el aumento de las cargas sociales seria considerado
como una contribucion extraordinaria al sistema de seguridad social.
C.B.
>>> EVALUACIONES Y DERECHO A LA INFORMACION
A fines del año pasado se promulgo la Ley 25.200 que hace
referencia a la obligatoriedad de informar sobre las evaluaciones
academicas y cientificas.
Impulsada desde los sectores gremiales con el objetivo de "darle
una mayor transparencia a las instancias evaluativas", la ley dio lugar a
un extenso debate entre miembros de la comunidad cientifica.
Si bien nadie se opuso a la necesidad de transparencia y el derecho
de conocer los argumentos del comite de pares, surgieron discrepancias a la
hora de evaluar los mecanismos y especialmente se cuestiono el articulo
3ro. que obliga a las instituciones a dar a conocer los nombres de los
evaluadores.
"Es dificil prever sus efectos: por un lado puede conducir a un
estado de aura mediocritas porque nadie se anime a decir nada de nadie.
Pero por otro evita acciones arbitrarias o discriminatorias amparadas en la
impunidad que da el anonimato", sostuvo Patricio Garrahan, profesor de la
Fac. de Farmacia y Bioquimica.
Desde hace decadas el juicio de pares -colegas que comparten una
misma disciplina- es una de las practicas mas extendidas en los procesos
evaluatorios en el ambito cientifico.
En el numero 33 de la revista "Ciencia Hoy" se destacaba que "el
buen funcionamiento del juicio de los pares requiere que los evaluadores no
actuen influidos por sus intereses personales, por su ideologia politica o
por las presiones de los evaluados". Y que en muchos ocasiones este
proceso evaluatorio sufre diversos tipos de distorsiones, que "no solo
pueden conducir a injusticias para con las personas; tambien tienden a
consolidar desigualdades del desarrollo relativo de disciplinas o regiones,
y a promover una investigacion rutinaria y repetitiva, todo lo cual afecta
negativamente al quehacer cientifico".
Entre ellas, la editorial mencionaba:
* Favorecer a grupos de investigacion consolidados, a
investigaciones disciplinarias y a temas de moda, en detrimento de
grupos con poco tiempo de constituidos, de temas
interdisciplinarios o de investigaciones sobre cuestiones
importantes pero que no gozan del reconocimiento general.
* Discriminar contra integrantes subrepresentados de la comunidad
cientifica. En algunos paises, esto alude a mujeres y minorias
etnicas; en la Argentina, es probable que se aplique a areas
geograficas distantes de los centros de decision o a disciplinas
con escasa tradicion.
* Proceder con arbitrariedad. En los Estados Unidos, el 30% de los
resultados de una evaluacion se modifican si se cambia el
evaluador. Contribuyen a valoraciones arbitrarias cierta tendencia
a preferir la forma de presentacion por sobre la calidad, y la
influencia por la adhesion a determinada corriente de opinion sobre
un tema cientifico, beneficiando solo a quienes comparten
determinados criterios.
* Evaluar la produccion de un cientifico solo aplicando criterios
cuantitativos, sin considerar su calidad.
Si bien la editorial remarcaba que estas distorsiones se exacerban
cuando hay poco dinero con relacion al numero de cientificos valiosos que
aspiran a recibir financiacion, consideraba crucial (sino para evitarlas,
por lo menos para disminuirlas) que todos los procedimientos "se realicen a
la luz del dia", y que los interesados pudiesen conocer las instancias del
juicio.
Luis Quesada Allue, investigador del Instituto de Investigaciones
Bioquimicas, señalo como una "aberracion" que sea obligatorio dar a conocer
el nombre de los evaluadores. "En un pais como el nuestro, con sistemas
penetrados por los deshonestos, con larga tradicion de inmoralidades y de
comportamiento de 'bandas' y de actitudes de venganza, la mayoria va a
tener miedo de evaluar objetivamente", opino el investigador.
Para Quesada "si lo que se quiere son evaluaciones honestas y
justas hay que buscar evaluadores que hayan demostrado en los hechos que
son eticos y objetivos, eliminar a quienes ostentosamente no lo hayan sido,
aunque sean muchos, y -de todas maneras- mantener la personalidad del
evaluador anonima".
Un gran riesgo -segun Quesada- es que finalmente el miedo a las
represalias termine intimidando a los evaluadores y favoreciendo a los
intereses de los antidemocraticos. Esto daria lugar a un aumento de la
retraccion a participar y se haria cada vez mas dificultoso conseguir
evaluadores en el pais.
"En el caso de la FCEyN, la ley no aporta nada nuevo ya que el
Reglamento de Concursos para Profesores, como el correspondiente a toda la
planta docente, preven que cada jurado debe firmar su dictamen y que este
sea publico. Mas aun, no solo debe ser publico, sino que ademas se hace en
presencia de los veedores y, en caso de conflicto, el Consejo Directivo
puede solicitar una ampliacion de dictamen" explica Cecile Du Mortier, Sec.
Academica (Adj) de la FCEyN.
Con una acabada experiencia en la realizacion de concursos
democraticos desde la normalizacion universitaria, Du Mortier aclara que
"la publicidad del proceso de un concurso garantiza su transparencia, pero
habria que ver cuales son las analogias y las diferencias de los concursos
docentes con los concursos para becas o para financiar proyectos de
investigacion. Tal vez, lo que sea bueno en un caso no lo es en otro"
F.D. - C.B.
*** Ley 25.200
Art. 1. Los criterios, resultados y argumentos que fundamentan
las calificaciones y clasificaciones de los resultados de los
concursos o instancias de evaluacion de los docentes, de los
investigadores, becarios y personal tecnico de apoyo de
instituciones publicas de educacion superior y de organismos del
sistema nacional de ciencia y tecnologia, deberan ser informados a
la persona evaluada por la institucion evaluadora.
Art. 2. Toda persona podra tomar conocimiento de la informacion a
ella referida proveniente de los concursos o instancias de
evaluacion que la efectuan, que consten en registros o archivos
publicos o privados y, en caso de probada falsedad, discriminacion
o error, exigir la supresion, rectificacion, confidencialidad o
actualizacion de la misma y la cancelacion de sus efectos, en
especial cuando los resultados de la evaluacion afecten su
condicion economica, profesional o moral.
Art. 3. Todas las personas evaluadas tendran derecho a solicitar
los nombres de los jurados que los evaluaron, no pudiendo las
instituciones negarles esa informacion.
Art. 4. Cada institucion reglamentara en el marco de la Ley
19.549 las instancias, plazos y mecanismos para que el evaluado
pueda interponer el recurso administrativo correspondiente o
impugnar los resultados de la evaluacion con suficiente plazo y
fundamento.
Art. 5. Toda recurrencia administrativa o impugnacion implicara,
hasta tanto las instancias pertinentes resuelvan al respecto, el
sostenimiento de la situacion anterior al diferendo.
>>> TEXTUAL
"Es importante comprender que los cientificos e investigadores son
trabajadores, en su mayoria con bajas remuneraciones, no acordes
con el valor de su aporte a la comunidad y con su rigurosa y
necesaria formacion profesional".
Ricardo Ferraro y Carlos Alvarez, Coordinador del Programa
Conocimiento y Sociedad y Vicepresidente de la Nacion respectivamente, en
la seccion Opinion de la edicion del 22 de mayo del matutino Clarin.
/////////////////////////// CONSEJO DIRECTIVO \\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\\
>>> CALENDARIO ACADEMICO
Fin del primer cuatrimestre: 8 de julio
Segundo cuatrimestre: 14 de agosto al 2 de diciembre
Receso invernal: 17 al 28 de julio
Examenes de julio/agosto: 13 y 14 de julio; 1 y 2 de agosto;
10 y 11 de agosto.
Examenes de septiembre:
Inscripcion: 28 de agosto al 1ro. de septiembre.
Examenes: 4 al 8 de septiembre.
Examenes de octubre:
Inscripcion: 9 al 13 de octubre.
Examenes: 16 al 20 de octubre.
Examenes de diciembre: 6 y 7 de diciembre; 14 y 15 de diciembre;
21 y 22 de diciembre.
Feriados:
Jueves 25 de mayo.
Sabado 10 de junio
Lunes 19 de junio (por el 20 de junio)
Lunes 21 de agosto (por el 17 de agosto)
Lunes 16 de octubre (por el 12 de octubre)
Viernes 8 de diciembre
Lunes 25 de diciembre.
>>> BREVES DEL CONSEJO
* Sebastian Torrella, hasta ahora representante suplente en el
Consejo Departamental, Claustro de Estudiantes del Departamento de
Ciencias Biologicas, sera incorporado como miembro titular en
remplazo de Emiliano Gonzalez Portino, quien renuncio a su cargo.
********** FIN DE LA PRIMERA PARTE DEL CABLE ELECTRONICO **********
********** CONTINUA EN 2DA. PARTE DEL CABLE ELECTRONICO **********
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