El ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología y la Federación de Docentes Universitarios (FEDUN) llegaron a un acuerdo salarial que implica un aumento medio del 25% en el sueldo de bolsillo para todos los docentes universitarios, presentando variaciones que oscilan entre el 20 y el 31% según las categorías. Las partes acordaron también que, a partir del cumplimiento del presente acuerdo, se convierten en remunerativas y bonificables todas las sumas otorgadas durante el año 2004, el otorgamiento de una suma no remunerativa y no bonificable a partir del 1ro. de agosto de 2005 y la transformación en bonificable del 50% del estímulo otorgado en julio de 2004, a partir del 1ro. de noviembre de 2005. En el acuerdo entre el Ministerio y FEDUN, una de las tres centrales sindicales, se fijó un cronograma para la discutir la incorporación al salario básico de todas las sumas fijas, así como también la incorporación a cargos rentados de los docentes ad honorem, la gratuidad de la capacitación docente, la seguridad y medio ambiente de trabajo y la extensión a la docencia universitaria de la Ley de Jubilaciones, ley que garantiza a los docentes de enseñanza básica el 85% en los haberes jubilatorios. Principales puntos acordados: 1) Hacer remunerativo el 50% del estímulo otorgado en julio de 2004, a partir del 1ro. de agosto de 2005. 2) Otorgar una suma no remunerativa y bonificable a los efectos de la antigüedad de acuerdo con la escala a partir del 1ro. de agosto de 2005. 3) Otorgar una suma no remunerativa y no bonificable de acuerdo con la escala a partir del 1ro. de agosto de 2005. 4) Hacer bonificable el 50% del estímulo otorgado en julio de 2004, a partir del 1ro. de noviembre de 2005. 5) Hacer remunerativa, a los efectos del medio aguinaldo del mes de diciembre, la suma otorgada en el mes de agosto de 2005 como no remunerativa y bonificable. 6) Establecer que de los fondos otorgados se deberá reservar un 8% del total para ser aplicado a atender la recomposición salarial de los docentes preuniversitarios. Las partes se comprometen a establecer su distribución en un plazo máximo de veinticuatro horas.
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